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Sitio web informa sobre las 3 causales para despenalización del aborto |
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Peligro para la vida de la mujer, inviabilidad del feto para sobrevivir extrauterinamente y embarazo por violación, son las tres situaciones que contempla el proyecto de ley impulsado por el Gobierno, que ahora podrás conocer a través del sitio web www.3causales.gob.cl
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El proyecto que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales se hace cargo de experiencias de vida críticas. Esas situaciones se presentan cuando debe interrumpirse un embarazo para evitar un peligro para la vida de la mujer cuando el embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética incompatible con la vida extrauterina, o cuando el embarazo es producto de una violación.
La normativa vigente sobre interrupción del embarazo, que la prohíbe sin excepciones, no responde al trato digno que el Estado de Chile debe otorgar a sus ciudadanas en estas situaciones y sitúa a nuestro país como uno de los cuatro en el mundo que lo criminaliza en todas sus modalidades, además de El Vaticano: Chile, Nicaragua, El Salvador y Malta.
Los hechos han demostrado que la prohibición absoluta y la criminalización de toda forma de interrupción del embarazo no han impedido ni impiden su práctica en condiciones de riesgo para la vida y salud de las mujeres, y, por el contrario, se traducen en una vulneración de sus derechos. Esto representa un problema social del cual debe hacerse cargo cabalmente el Estado.
Los derechos de las mujeres están en el centro de esta propuesta. Por esa razón, las tres causales de interrupción legal del embarazo que el proyecto aborda, exigen como presupuesto de cada una la expresión de voluntad libre de la mujer, sin la cual dicha interrupción no puede tener lugar. En los casos específicos en que la mujer es incapaz, está incapacitada o cuando es menor de 14 años, el proyecto propone reglas especiales para resguardar su voluntad.
El Estado, en estas situaciones extremas, no puede imponer una decisión a las mujeres, ni penalizarlas, sino entregar alternativas, respetando su voluntad, ya sea que deseen continuar el embarazo u optar por interrumpirlo, para asegurar el pleno respeto de sus derechos.
Protección de niñas y adolescentes
Las niñas y adolescentes menores de 14 años podrían interrumpir el embarazo en las tres causales consideradas por el proyecto de ley si actúan con la autorización de su representante legal, sea su padre o madre. Si el representante no está presente o ubicable, podrá acudir a otro adulto responsable. No obstante, se reconoce un legítimo espacio de discernimiento a la menor, considerando que será ella quien sobrellevará las consecuencias de la decisión. Por ello, en caso de que no exista autorización, la menor acompañada de un integrante del equipo de salud, podrá acudir a un juez de familia para que éste otorgue la autorización respectiva.
Asimismo, se reconoce que la violencia sexual que afecta a las niñas y adolescentes con frecuencia se manifiesta dentro de su propio hogar. Es por ello que autoriza a la o el médico cirujano a prescindir de la solicitud de autorización al representante legal de las menores de 14 años, cuando existan antecedentes de que, al hacerlo, se las expondrá a un riesgo de violencia intrafamiliar, coacción, amenaza o maltrato, o incluso a una posible situación de desarraigo o de abandono. En tal caso, puede acudir al juez de familia competente.
Respecto de las adolescentes que tienen entre 14 y 18 años, se reconoce su manifestación de voluntad, pero ésta deberá ser conocida por sus representantes legales o, a falta de éstos, por otro adulto. La presencia de los representantes legales es una garantía para la menor.
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