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El doble calvario de las víctimas de trata de personas en Chile
Autor: Melissa Gutiérrez/ The Clinic   /   Publicado: 2015-07-27      
Desde que se publicara la nueva Ley de Tráfico ilícito de migrantes y trata de personas en 2011, el Instituto Nacional de Derechos Humanos se ha hecho parte de nueve casos. Aunque parece un número menor, las víctimas pueden ir de una a más de 40 personas por cada caso. Ya en 2012 un informe del Departamento de Estado de Estados Unidos señalaba que Chile ya no es sólo un país de tránsito, sino de origen y destino de trata. La directora del INDH cree que las denuncias sólo irán en aumento, generando un gran desafío para un sistema judicial que contribuye en re victimizar especialmente a las mujeres que sufren explotación sexual.



Francisca* tenía 29 años cuando llegó a Chile desde Cali. Colombia. Había estudiado dos años de contabilidad y trabajaba en una concesionaria de automóviles hasta que quedó cesante por reducción de personal. Estuvo tres meses sin encontrar trabajo hasta que una amiga que estaba en Chile le dijo que “aquí había oportunidades”. Así se contactó con Gilda Melek Barraza Pinilla, dueña del Bar 49 en Salamanca, en la Cuarta Región. Hablaron por teléfono y le ofreció a Francisca trabajar como garzona, “para sentarse con los clientes y sacarles tragos, hablar con ellos, escucharlos”, según consta en la sentencia que condenó a Barraza como autora de trata de personas a 10 años y un día. La mujer le ofreció ganar entre $1.400.000 y $1.800.000. Francisca, que había sido abandonada por su padre y estaba a cargo de su madre enferma, aceptó e invitó a una amiga, Mariana.

Para Lorena Fries, directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), las denuncias por trata de personas irán aumentando, en gran medida debido a que “la puerta de entrada a esto es que Chile aparece como un país que económicamente puede brindar nuevos horizontes y eso llama a las personas a venir a buscar oportunidades. Ahora, si además esas oportunidades te las ofrecen en tu propio país diciendo que te llevan, te instalan, te dan trabajo, vas a tener buen sueldo, la verdad es que resulta bastante atractivo”. Desde que se publicara la nueva Ley 20,507 de Tráfico ilícito de migrantes y trata de personas en 2011, el Instituto Nacional de Derechos Humanos se ha hecho parte de nueve casos. Aunque parece un número menor, las víctimas pueden ir de una a más de 40 personas por cada caso. Ya en 2012 un informe del Departamento de Estado de Estados Unidos señalaba que Chile, además de ser país de tránsito, se ha establecido como un lugar de origen y destino “de hombres, mujeres y niños que son objeto de trata de personas con fines de explotación sexual y trabajo forzado”. Además de la trata interna, se destacaban Argentina, Bolivia, Perú, Paraguay, la República Dominicana y Colombia, como países desde los cuales se ingresan víctimas. “El Gobierno de Chile no cumple plenamente las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas; no obstante, realiza un gran esfuerzo con ese fin”, sentenciaron.

Wilman Gutiérrez, nacido en Colombia y residente en Chile fue condenado a 5 años y un día por este caso. En junio de 2012 viajó a buscar a Mariana, Francisca y una mujer más. Se quedaron dormidos para tomar el avión que los traería a Chile, por lo que hicieron el viaje por tierra, durmiendo en buses hasta que llegaron a Lima y se quedaron en un hostal. Ahí se quedaron sin dinero, por lo que Barraza le envió un giro a Gutiérrez para que pudieran entrar por el norte. En la frontera, sólo Mariana logró pasar. A Francisca y la otra mujer “las devolvieron”. Francisca logró pasar por la frontera con Bolivia “por su propio esfuerzo, con unos dólares que se consiguió con una amiga que se los mandó de Antofagasta a Tacna. La dejaron tirada, no se preocuparon de ella, no le dieron dinero ni nada. Después de pasar necesidades, frío y hambre y ayudada por un señor que la llevó en su carro, logró llegar a Antofagasta”. Ahí Barraza le envió los pasajes para llegar a Salamanca.

Aunque Mariana logró entrar al país, no encontró con un destino mucho mejor. Tenía 24 años y había trabajado en la Fiscalía tras haber estudiado criminalística. Perdió su trabajo luego de que su padre se viese involucrado en un crimen por drogas, misma razón por la que asesinaron a su hermano y también a su novio. Tiene un hijo que en esa época tenía 8 años y como le guardaba dinero a su padre “sus papeles quedaron tachados, y lo que le daba el padre de su hijo no le alcanzaba. Entonces pensó en salir del país buscando una situación mejor”. Gutiérrez pagó los pasajes, los alojamientos y las vacunas contra la fiebre amarilla. Les dijo que podrían devolverle el dinero en seis meses. En Salamanca conoció al tercer condenado en el caso: Mario Alejandro Hidalgo Ibar, pareja de Gilda Barraza. Él la llevó a la casa que habitaría junto a Francisca: “No era nada agradable, era insalubre, paredes rotas, unas bolsas en el techo, no había internet, sólo había una estufa, no había nada de lo que les habían ofrecido”. Francisca, por su parte, declaró que “no tenía piso, era de tierra, era como de tablas añadidas, había escombros, era fea, sucia, el baño era asqueroso”.

Cuando Francisca logró unirse a su amiga, Gilda les pidió los pasaportes para hacerles contrato, pero jamás se los devolvió. Tampoco hubo contrato, sino unos documentos falsos. Los seis meses que tendrían para pagar las deudas se esfumaron y la deuda crecía cada día que les pasaban una multa. Multas por haberse quedado dormidas para tomar el avión, multas por salir del bar, multas por acercarse a la estufa, por llegar tarde. A eso se sumaba que debían comprar el gas si querían agua caliente y también la comida. Barraza les recordaba diariamente que debían pagar y rápido, y les sugería hacer “movidas” para poder saldar la deuda. Cuando las mujeres protestaron, Gilda les hizo saber que tenía parientes en la PDI y que nadie les creería a ellas, unas “prostitutas colombianas y los colombianos eran narcotraficantes, en cambio ella era chilena”.

En una ocasión a Francisca le cobraron una multa por llegar tarde luego de que un hombre la obligara a quedarse con él. El sujeto llegó al bar y conversó con Barraza. Le dijo que no tenía dinero, pero fueron a un cajero. Le pagó a Barraza y se llevó a Francisca: “Se fueron a una finca muy lejos. Allí él quiso hacerlo sin condón y como ella no aceptó, le quitó la ropa y la dejó al frío, y la obligó a quedarse a desayunar y almorzar con él”. Cuando Barraza llegó a buscarla, le dijo que le descontaría todo el tiempo que estuvo “perdida”.

Nunca lograron pagar las “deudas” ni reunir dinero para su familia. A la madre de Mariana la echaron del departamento que arrendaba en Colombia y su perro murió por no poder enviar dinero para medicamentos. De vez en cuando lograban tener más confianza con algún cliente y les contaban su situación. Los hombres las ayudaban con dinero y era lo único que podían entregar a sus familias en Cali.

El segundo martirio

Francisca y Mariana sólo lograron escapar gracias a Pedro, un cliente del bar, y a Nicolás, un ciudadano dominicano con el que Mariana comenzó a salir. Un día que Gilda Barraza volvía de Santiago, Pedro las esperó con un auto afuera de la casa. Salieron por la ventana y se quedaron con Nicolás. Cuando las descubrieron, a Mariana le escribieron que “si no conocía el infierno, ahora lo iba a conocer”. Al día siguiente la madre de Nicolás las llevó a Illapel para poder hacer la denuncia. Aunque fueron puestas en una casa de seguridad, los inculpados las siguieron acosando para que retiraran la acusación. Ahí, sin embargo, comenzó recién la segunda parte de su traumática historia.

El tribunal quedó compuesto por las juezas Geni Morales Espinoza y María Elisa Tapia Araya, y por el juez Pedro Suárez Nieto, que fue el único voto en contra de la sentencia. También votó en contra cuando Mariana pidió declarar con un biombo para no enfrentar a sus explotadores.

La defensa intentó establecer que las mujeres podrían haber escapado si hubiesen querido, ya que así lo hicieron otras tres mujeres que pasaron por la red de explotación de Barraza, Hidalgo y Gutiérrez. También cuestionó que Mariana y Francisca pudieran ser “vulnerables y fáciles de engañar” porque contaban con estudios medios completos y también superiores. Para Daniela Quintanilla, querellante en el caso por la Corporación Humanas, esto responde a una “dificultad en entender cómo los factores de vulnerabilidad previa afectan en el consentimiento real de las mujeres de realizar este tipo de actividad. o se entiende cómo los proceso de manipulación, de aniquilación de redes, de desvinculación de las mujeres con sus familias y con prohibirles vincularse con otras personas, pueden efectivamente constituir una obligatoriedad en términos de suprimir el consentimiento y la voluntad de las mujeres y de esclavizarlas no a través de tenerlas amarradas, sino que atacar a través del engaño”.

Otro elemento que resulta inaceptable para la abogada, es que se cuestione o se indague en la vida sexual pasada o posterior al delito, aún cuando se hubiesen dedicado a la prostitución, lo que no ocurrió en este caso: “Tenemos aún la conciencia de que una mujer adulta que en algún momento de su vida se dedicó al comercio sexual no puede ser víctima de violación, no puede ser víctima de explotación. Y desde ahí se reproducen estos estereotipos de género que nosotras permanentemente tratamos de visibilizar. A una mujer que se le exige un estándar superior para protegerse a sí misma”. Señala además que esto no sólo ocurre en estos delitos, sino también en todos los relacionados a mujeres y violencia sexual: “Por ejemplo, para configurar los delitos de violación se le exige a la mujer en el estándar de prueba penal, resistirse a la violación. No basta con no haber dado su consentimiento. Y desde ahí este estándar internacional de que para acreditar el delito no se debe exigir la resistencia sino la ausencia de consentimiento. Yo necesito dar mi consentimiento expreso para que eso sea voluntario. No así necesito expresar y desarrollar mi negativa a través de un punto de vista físico”.

Lorena Fries, directora del INDH, señala que si bien aún estamos en una “marcha blanca” tras la aprobación de la ley 20.507, el estándar de prueba para estos delitos es aún demasiado alto: “No es necesario que se den todos y cada uno de los elementos materiales para suponer que puede haber habido coacción, coerción psicológica o incluso engaño, que son todos medios a través de los cuales se puede verificar la trata de personas. Y el trabajo nuestro también va en mostrar que aquí hay que tener también una mirada respecto de lo que son las formas modernas de esclavitud. Donde no necesariamente se van a dar todos los elementos, pero el resultado finalmente, que es la extrema vulnerabilidad de personas en un entorno extraño sin posibilidades de acceder a la justicia o a otras formas o redes que puedan significar que salgan del estado de esclavitud análoga en el que están efectivamente se entienden mucho mejor”.

Por esta razón, casos en los que no se retiene el pasaporte o las víctimas tienen acceso a medios de comunicación, resultan más difíciles de ser comprobados. Mariana, de hecho, tuvo acceso a un teléfono, lo que fue destacado por la defensa de los imputados para establecer que pudo haber dado alerta de su situación. La mujer, sin embargo, declaró que estaba avergonzada de haber caído en una red de trata y explotación sexual, y que no quería preocupar a su madre, que sufría de depresión. “El hecho de que yo no escapé al momento en que me doy cuenta del delito, no implica que yo no esté siendo engañada y que no esté siendo explotada. Significa que no tengo las herramientas en ese momento físicas, psíquicas ni emocionales para poder escapar. Pero es difícil sobrepasar los estereotipos del delito de trata como una esclavitud física y desarrollarlo de una manera más amplia desde una perspectiva de derechos humanos y además desde una perspectiva de derechos humanos de las mujeres de manera de combatir esos estereotipos”, señala Daniela. Quintanilla, de la Corporación Humanas.

Este déficit respondería, según señala Quintanilla, a la falta de una institucionalidad completa: “Hoy día yo te diría que es casi estar a la suerte de la olla si te toca un fiscal con algo de conciencia y formación en estas materias. No hay requerimientos permanentes de capacitaciones, son voluntarias, asisten quienes quieren, son por módulos, no es una cuestión que esté en la estructura de la persecución ni de la defensa penal. Ni de la judicatura. Los jueces tampoco están capacitados para fallar este tipo de delitos. Se hace imprescindible una capacitación permanente y obligatoria para todos los funcionarios y operadores de justicia.Y con esas medidas específicas y particulares, tenemos la consecuencia de casos en los que hay éxito y casos en los que no. Pero no es una cuestión que se haya abordado con seriedad por parte del Estado, en ningún caso”.

Mariana y Francisca recibieron tratamiento psicológico, aunque declararon tener pesadillas y llorar casi todas las noches que pasaron en la casa de seguridad de la PDI. Para Lorena Fries este es otro pendiente del Estado: la reparación. “Las víctimas de trata serían víctimas de violación a los derechos humanos. Yo tengo la impresión de que en Chile lo que falta es una ley integral de reparación por violaciones a los derechos humanos”.

* Los nombres de las víctimas han sido cambiados para proteger su identidad.

 
 
 
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